
Convertirse en productor de electricidad es posible gracias a las especiales condiciones económicas que la legislación vigente reserva para esta manera limpia de obtener energía. El Real Decreto 436/2004 establece la obligación, por parte de las compañías eléctricas, de comprar a los propietarios de los paneles fotovoltaicos, a un precio primado, toda la electricidad producida. En su artículo 33.1 asegura la prima que tendrá que ser abonada por la compañía eléctrica al cliente. Así dice que a las instalaciones de energía solar fotovoltaica “se le aplicará la tarifa de un 575% durante los primeros 25 años desde su puesta en marcha y 460% a partir de entonces”. Precio y cliente están así garantizados por ley. Usted tiene asegurado por ley el cliente y el precio de este negocio.
Seguridad productiva
Los paneles están garantizados durante 25 años. Un contrato de mantenimiento proporciona atención profesional ante cualquier contingencia y la correspondiente póliza de seguro cubre posibles riesgos, incluida la pérdida de ingresos, si es causada por avería.

Estaremos encantados de atenderle en nuestras oficinas de Madrid en el 91 228 08 65 / 91 228 05 72 o Albacete 967 67 35 86.
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